El PSOE advierte de la complejidad de regular esta nueva prestación. Teme al fraude, porque no siempre es fácil comprobar que se pierde el trabajo involuntariamente.
El Senado rechazó ayer la posibilidad de que los trabajadores autónomos puedan jubilarse anticipadamente a los 61 años, como ocurre con los afiliados al Régimen General. La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales desestimó una enmienda del Partido Popular (PP) que pretendía ampliar la protección de la Seguridad Social a los más de tres millones de trabajadores autónomos al final de su vida laboral. El senador del PP, José Blas Fernández, explicó que este colectivo ?no tiene donde ir, si al cumplir más de cincuenta años, se ve obligado a cerrar su negocio porque fracasa, u otras causas ajenas a su voluntad?.
Blas Fernández recordó que los autónomos ?no tienen derecho a la protección por desempleo? y que, de acuerdo, con el reciente estatuto que regula la vida profesional de estas personas, las Administraciones deben avanzar hacia la equiparación de sus derechos con los trabajadores por cuenta ajena. Estos últimos, que son la inmensa mayoría de la fuerza laboral, sí tienen derecho a la jubilación anticipada, si cumplen determinadas condiciones, y a la protección por desempleo.
Precisamente, el senador del PSOE, José Antonio Alonso, explicó el rechazo de la enmienda del PP por la dificultad actual de regular la jubilación anticipada para los autónomos y su relación con la protección por desempleo.
La reforma de la Seguridad Social, que ayer aprobó la Comisión de Trabajo del Senado, establece que los afiliados del Régimen General tienen derecho a la jubilación anticipada a los 61 años si, entre otros requisitos, son despedidos y pasan, al menos, seis meses en la protección por desempleo.?El PSOE está de acuerdo con el hecho de que los trabajadores autónomos tengan derecho a la jubilación anticipada, pero se opone a la enmienda del PP, porque ¿quién certifica que el trabajador ha dejado la ocupación en contra de su voluntad??.
Es decir que, como en tantos aspectos que afectan a la protección social de los autónomos, el Gobierno teme crear una fuente de fraude por la dificultad de controlar un grupo laboral tan amplio y tan heterogéneo.
El reciente Estatuto del Trabajador Autónomo ya recoge un mandato al Gobierno para que, en una ley específica, regule un sistema de protección por desempleo ?por cese de actividad? para este grupo de trabajadores. La condición es, en definitiva, que sea obligatorio para todos con el fin de que sea solidario y viable desde el punto de vista financiero con las propias aportaciones del colectivo.
Es decir, como ocurre en la protección por desempleo de los trabajadores por cuenta ajena. Los informes realizados hasta ahora por encargo del Ministerio de Trabajo estiman que para que la nueva prestación fuera viable, cada autónomo debería pagar entre 30 y 40 euros mensuales.
Lorenzo Amor, presidente de ATA, que es una de las organizaciones más representativas del sector, confía en que en la próxima legislatura los autónomos tengan su propia cobertura de paro, cualquiera que sea el Gobierno que salga de las elecciones generales de 2008.
De hecho, el Ministerio de Trabajo está formando una nueva comisión de expertos para que aborde la definitiva puesta en marcha de la protección del trabajador por cese de actividad. ?Los autónomos tienen derecho al mismo nivel de protección que los demás trabajadores y, por tanto, deben cumplir las mismas condiciones: misma cotización, misma protección?, concluye Amor.
Fuente: expansion
|